Confirman condena por crimen ocurrido durante la dictadura en comisaría de Puerto Aysén
En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt confirmó la sentencia que en noviembre de 2015 condenó a cinco miembros en retiro del Ejército y Carabineros por su responsabilidad en el homicidio de Sergio Osvaldo Alvarado Vargas (obrero y boxeador), crimen perpetrado al interior de una comisaría de Puerto Aysén en octubre de 1973.
En el fallo que fue confirmado por el tribunal de alzada de la Región de Los Llagos, el ministro Sepúlveda Coronado condenó al entonces capitán de Ejército Aquiles Alberto Segundo Vergara Muñoz (padre de la periodista de Mega, Ivette Vergara), a la pena de 10 años y un día de presidio en calidad de autor del delito.
En tanto, el teniente de Carabineros, al momento de los hechos, Miguel Ángel Rojas Quiroga deberá purgar la pena de 5 años y un día de presidio, como cómplice.
En la misma causa, el cabo (R) del Ejército Ricardo Albarrán Espinoza fue condenado a 5 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, como autor del ilícito; y los ex soldados conscriptos José Delmiro González Mansilla y Elizandro González Meza fueron condenados a 541 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena, como autores del homicidio.
En el fallo de detalla que “los hechos por los que se acusó a los sentenciados se encuentran descritos en el apartado undécimo de la sentencia, en el (que) el juez a quo los califica jurídicamente como constitutivos del delito de homicidio calificado cometido en la persona de Sergio Osvaldo Alvarado Vargas, perpetrado en horas de la noche del día 2 de octubre de 1973 en el interior de la Segunda Comisaría de Carabineros de Puerto Aysén. Homicidio cometido con alevosía, ya que se actuó sobre la víctima, por parte de agentes del Estado, sobre seguro, y aquella no tuvo en momento alguno la posibilidad de repeler la agresión, lo que revela el ánimo de matar, pero, además, el procurar evitarse todo riesgo para lograr el propósito del dolo homicida, no teniendo la víctima oportunidad alguna de poder eludir ese designio criminoso o de resistir el ataque en su contra”.
Fotografía referencial.
